Culiacán, Sinaloa, 23 de octubre 2024. “Soslayando su propio dicho ya transcrito, en
donde le comunicó al Ministerio Público de la Federación que esas solicitudes de orden de
aprehensión deberían de hacerse ante los juzgados ubicados en los Centros Federales de
Readaptación Social, lo cual también ya se hizo público”, el Juez Federal Alejandro
Alberto Díaz Cruz ha estado comunicando a los medios, ayer y hoy mismo, “que negó una
orden de aprehensión contra Joaquín Guzmán López, sin tener las pruebas suficientes para
sustentarla”, señaló en un comunicado oficial la Fiscalía General de la República (FGR).
Al desmentir declaraciones del citado Juez Federal, quien señaló que no otorgó a la FGR
orden de aprehensión en contra de Joaquín Guzmán López, en virtud de que esa
dependencia federal, no aportó las pruebas suficientes para sustentarla, la Fiscalía aseguró
que fue el propio Juez Federal quien “eludió informar que el Ministerio Público de la
Federación le aportó 78 (setenta y ocho) datos de prueba, que establecían hechos ilícitos
(secuestro y traición a la patria) así como la probabilidad de que Joaquín “N” los hubiera
cometido”.
Sobre el particular, la FGR estableció que las pruebas aportadas “son más que suficientes
para que el juez hubiese emitido una orden de aprehensión por los delitos de secuestro y
traición a la patria”, cometidos por Joaquín Guzmán López, hijo de Joaquín ‘El Chapo’
Guzmán en contra de la persona de Ismael ‘El Mayo’ Zambada lo mismo que del Estado
Mexicano, y deja entrever que si el juzgador de Culiacán no emitió la orden de captura, fue
simple y sencillamente porque no quiso, contraviniendo el Artículo 141 Fracción III del
Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP.
En su comunicado, la FGR advierte además que “es muy importante señalar que el Juez
omitió manifestar que la orden de aprehensión contra Joaquín “N”, era por secuestro y
traición a la patria; y que no había ninguna solicitud del Ministerio Público de la
Federación por el homicidio del doctor Héctor “N”; y que el dato hemático sobre las
huellas de sangre del mismo doctor no era, ni con mucho, sustantivo para probar el
secuestro y la traición a la patria por parte de Joaquín (Guzmán López) “N”, señala la FGR,
al explicar los motivos por los cuales en esa audiencia del pasado 5 de octubre, para la
dependencia era irrelevante aportar datos de prueba sobre el homicidio de Héctor Melesio
Cuén Ojeda.
“Como ya es público y notorio, los indicios hemáticos ya se periciaron e identificaron
plenamente y constituirán prueba en el caso del homicidio de dicha persona”, recalca la
FGR en su escrito dirigido a la opinión pública.
“El Ministerio Público de la Federación, después de una audiencia de más de ocho horas,
decidió retirar su solicitud, en razón de lo expuesto; y dado que es una institución de buena
fe, que actúa en defensa de la justicia, continuará con el procedimiento penal de manera
clara y transparente, informando lo procedente con respeto, veracidad y objetividad”,
concluye la Fiscalía al responder a las declaraciones emitidas por el juez federal de
Culiacán, Alejandro Alberto Díaz Cruz.