Dr. José Ramón Bonilla. Vicios contundentes en el juicio contra el rector de la UAS.
Culiacán, Sinaloa, 26 de enero 2024. Mientras dure el proceso de amparo, el doctor Jesús
Madueña Molina, no puede ser removido de su cargo como rector de la Universidad
Autónoma de Sinaloa, resolvió el Juez de Distrito; por derivación, los plazos que contempla
la Ley Orgánica de la UAS para nombrar Rector Interino y sustituto no corren, estatal
totalmente suspendidos como lo acordó en su momento el Consejo Universitario.
Eso significa que Madueña, no debe ser separado definitivamente del cargo mientras que
dure el proceso, dieron a conocer el abogado defensor Milton Ayala Vega y el asesor
Jurídico de la institución doctor José Ramón Bonilla Rojas.
Al referirse a los resolutivos tomados por la autoridad federal con motivo de la revisión del
“Incidente por Defecto” en el cumplimiento de la Suspensión Definitiva interpuesto por los
abogados de la Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), los abogados coincidieron que
está totalmente claro que el doctor Jesús Madueña Molina no puede ser separado de
manera definitiva de su cargo mientras dure el proceso; significa además que los plazos que
contempla la Ley Orgánica para nombrar un Rector interino y sustituto no corren, están
totalmente suspendidos.
“Sin duda esta resolución viene a dar mucha claridad respecto del actuar del Consejo
Universitario el cual determinó seguir manteniendo a un Encargado del Despacho (de
Rectoría) y esto prevalece porque el propio Juez lo dice que mientras dure el proceso de
amparo el doctor Jesús Madueña Molina no puede ser removido de su cargo como Rector”,
expresó.
Como parte de la resolución, el Juez de Distrito les solicitó que pidan audiencia especial
para resolver los temas de respeto a Ley Orgánica de la UAS y el de mínima invasión ya
que no se alcanzaron a resolver, dijo Ayala.
Vicios contundentes en la resolución del juez local
Por su parte Bonilla Rojas señaló que el Juez Federal le ordena al Juez de control que la
medida cautelar de separación del cargo en contra del doctor Madueña Molina no surta un
efecto pleno, derivado de que hay visos contundentes de vicios en la resolución por parte
del Juez local.
“Esto viene a echar abajo el argumento de los vecinos de enfrente del Tercer Piso que
hablaban que la Universidad no podía nombrar a un Encargado del Despacho de Rectoría,
que el nombramiento de Robespierre Lizárraga Otero era ilegal y contrario a la Ley
Orgánica”, expresó Bonilla.
Señaló que lo anterior, “corrobora que el Consejo Universitario, la Universidad, tomó la
decisión legal, moral y constitucionalmente correcta en el sentido de que no procedió a
nombrar a un Rector Interino o Sustito”, manifestó.
“Como Universidad nos satisface parcialmente la decisión hasta aquí tomada y sobre todo
el alcance que le está dando el Juez Federal”, externó Bonilla Rojas y agregó que
eventualmente se podría acudir a un Tribunal Colegiado para efecto de que el espectro
protector sea mayor para el doctor Madueña y para salvaguardar y que se restituya en
plenitud el autogobierno de la Universidad.
Por último, puntualizó que la postura legal de la Casa Rosalina es que en la resolución del
Juez de Control no se respetó el principio de mínima invasión y que hay un menoscabo
grave del principio de autogobierno, de ahí que pudieran recurrir a conseguir una
protección mayor para la Universidad