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Elegir a los juzgadores, idea rechazada en 1917

PorRedaccion los de apie

Jun 18, 2024

Por Pascal Beltrán del Río

Cómo nombrar a ministros, magistrados y jueces del Poder Judicial fue una de las últimas y
más álgidas discusiones del Congreso Constituyente de 1917.
Venustiano Carranza, jefe del Ejército Constitucionalista, había propuesto que esa fuera
facultad del Ejecutivo, pero los diputados reunidos en Querétaro desecharon eso pronto, no
porque dudaran de la buena voluntad del coahuilense —quien, sabía todo el mundo, sería
primer presidente de la República de la nueva era del país—, sino por el abuso que
pudieran hacer sus sucesores con dicha facultad.
Resuelto eso, el debate se dio entre quienes opinaban que debía mantenerse la mecánica
establecida en la Constitución de 1857, de elegir, de forma indirecta, a los integrantes del
Poder Judicial y otorgar esa responsabilidad al Congreso.
Hay que recordar que a lo largo del siglo XIX funcionó en México un sistema electoral que
consistía en la división del país en secciones de 500 ciudadanos. En cada una de ellas, en
primera vuelta, se votaba por un gran elector, quien, a su vez, junto con sus pares, elegía a
los integrantes de los tres Poderes. Es decir, nunca fue por voto universal
Por mantener ese sistema para designar a ministros, magistrados y jueces se pronunciaron
principalmente cuatro diputados constituyentes: el queretano José María Truchuelo, el
hidalguense Alberto M. González, el veracruzano Silvestre Aguilar y el
guerrerense David Pastrana.
A favor de cambiarlo, se expresaron el duranguense Paulino Machorro, el
guanajuatense Fernando Lizardi y, destacadamente, el tabasqueño Rafael Martínez de
Escobar. Nacido en Huimanguillo, en 1888, y asesinado en 1927, junto al general y
aspirante presidencial Francisco Serrano, el diputado Martínez de Escobar fue uno de
los miembros más influyentes y participativos del Congreso Constituyente. En medio del
debate, aseveró: “Es necesario que determinemos, de una vez por todas, que el Poder
Judicial no se subordine al Ejecutivo, pues de lo contrario, nunca tendremos una verdadera
justicia”.
Al final, el Congreso de la Unión recibió la facultad de elegir, en Colegio Electoral, a los
integrantes del Poder Judicial. En su versión original, el artículo 96 de la Constitución,
estableció lo siguiente: “Los miembros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación serán 
electos por el Congreso de la Unión en funciones de Colegio Electoral, siendo
indispensable que concurran cuando menos las dos terceras partes del número total de
diputados y senadores”. Mediante una reforma, realizada en 1928, se transfirió dicha
responsabilidad de forma exclusiva al Senado, como está hasta el día de hoy
En diversas ocasiones, el presidente Andrés Manuel López Obrador ha dicho que él es de
la idea de echar atrás las modificaciones que se hicieron a la Constitución durante el
“periodo neoliberal” y dejarla como estaba en 1917.
Más allá de que esa pudiera ser una ocurrencia —pues México es muy distinto hoy al de
hace un siglo—, la iniciativa de reforma presentada por el Presidente el 5 de febrero pasado
rompe con dicho propósito, pues pretende instaurar algo que rechazó la mayoría de los
constituyentes de 1916-1917: la elección de los integrantes del Poder Judicial por voto

universal. Y, al hacerlo, desvirtúa también lo que establecía la Constitución de 1857, pues
ésta hablaba de una elección indirecta, como se explica líneas arriba, no una por voto
universal.
Mientras pudo controlar lo que sucedía en el Poder Judicial —luego de provocar la
renuncia del ministro Eduardo Medina Mora y de beneficiarse de que el presidente de la
Suprema Corte cumplía sus deseos—, López Obrador nunca habló de cambiar el sistema
de designación. Comenzó a plantear esa idea cuando dos de los integrantes que promovió
para llegar al máximo tribunal no actuaron de forma subordinada y luego de que llegó a la
presidencia del mismo la ministra Norma Piña, con quien tiene un problema personal muy
evidente. Sólo entonces cambió de parecer, proponiendo un sistema al que se opone la
enorme mayoría de los expertos en el tema, cosa que afectaría, dicen ellos, la
independencia del Poder Judicial, tal como sostenía en 1917 su paisano Martínez de
Escobar.(Tomada de Exélsior).

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