*Elimina las sanciones preestablecidas para la labor de los punteros
Ciudad de México, 26 de enero de 2026. La Suprema Corte de Justicia de la Nación, avaló con seis votos a favor el proyecto que presentó el Ministro Giovanni Figueroa Mejía, el cual definió que el Artículo 293 Bis, fracción III del Código Penal de Sinaloa, vulnera principios constitucionales mediante una redacción ambigua, y al dejarlos sin efecto, eliminó las sanciones de cuatro a 15 años de prisión, que se habían establecido al delito de «halconeo».
El halconeo, es una labor que desempeñan los llamados «punteros», y consiste en recopilar información sobre los movimientos y actividades de las fuerzas armadas y policías o grupos rivales, para entregarla a un determinado grupo criminal que los contrata.
Por esa razón, hasta antes y un poco después de iniciada la guerra entre facciones del Cártel de Sinaloa, era común ver las patrullas de policía, Marina, Ejército Mexicano y Guardía Nacional, seguidas por jóvenes en motocicleta, conocidos como «halcones» o «punteros», quienes radio en la mano, iban informando a sus jefes sobre los movimientos de las autoridades.
Según el argumento del Ministro, la redacción ambigua del Artículo 293 bis fracción III podría derivar en criminalizar a personas que no tienen ningún vínculo con actividades delictivas.
El tema fue abordado por la Corte, a raíz de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), promovió una acción de inconstitucionalidad en contra de la norma, en virtud de que considera que esta sanciona a las personas que obtienen información utilizando cualquier medio tecnológico sobre acciones, actividades o ubicación de las instituciones de seguridad pública.
La postura de la mayoría de ministros, fue rechazada por la ministra María Elena Ríos González al asegurar que la realidad que vive Sinaloa es distinta.
Cuestionó que no ejercer acciones contra el citado delito, puede dar el pretexto a naciones extranjeras para usar la fuerza en nuestro territorio en contra de los cárteles mexicanos.
«Es pertinente conocer la realidad que se vive en el país, si bien es cierto que resulta pertinente hablar del derecho a la información como un derecho no solo individual, sino colectivo, hay que tomar en cuenta que, en este caso, también están en riesgo las operaciones», dijo.